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Renovar tras el arraigo sociolaboral: qué dice el Reglamento

Renovar tras el arraigo sociolaboral: qué dice el Reglamento

Nota de corrección (1 de noviembre de 2026): una versión anterior anunciaba nuevos criterios «a partir de hoy» para renovar tras el arraigo laboral, con un mínimo de meses cotizados, y una recomendación «oficial» de preparar la documentación 60 días antes. No hemos encontrado respaldo para esas afirmaciones en el Reglamento vigente, así que las hemos sustituido por lo que dice la norma.

Si tienes una autorización por arraigo sociolaboral y se acerca el final de su vigencia, esto es lo que establece el Reglamento de Extranjería, según su texto consolidado en el BOE.

Del arraigo laboral al arraigo sociolaboral

El Reglamento actual, en vigor desde el 20 de mayo de 2025, distingue cinco tipos de arraigo: de segunda oportunidad, sociolaboral, social, socioformativo y familiar. Ya no recoge el «arraigo laboral» como tipo propio. La norma también prevé que las autorizaciones y tarjetas que estaban en vigor conserven su validez durante el tiempo por el que se expidieron.

Cuánto dura y qué se exige para prorrogarla

La autorización por arraigo sociolaboral dura un año, y sus prórrogas, también un año. El artículo 132, en la redacción vigente desde el 16 de abril de 2026, condiciona la prórroga a acreditar:

  • Que estás en búsqueda activa de empleo.
  • Que estás debidamente inscrito en el servicio público de empleo.

No es necesario acreditarlo si hay razones justificadas que impidan acceder al empleo, como una enfermedad, una discapacidad o haber alcanzado la edad legal de jubilación.

Cuándo debes solicitarla

  • Plazo normal: durante los dos meses previos a la fecha en que caduca tu autorización. Si la presentas entonces, la validez de la anterior se prorroga hasta que se resuelva.
  • Si se te pasó: también se prorroga si la presentas dentro de los tres meses posteriores, pero puede abrirse un procedimiento sancionador.

Por eso, conviene poner una alerta en el calendario antes de que se abra el plazo.

Otros puntos a tener en cuenta

  • Trabajo: la autorización permite trabajar por cuenta propia o ajena, sin límite geográfico ni de ocupación, durante su vigencia.
  • Otros arraigos: el socioformativo tiene sus propias condiciones de prórroga, y el familiar dura cinco años.

Si quieres pasar a otro tipo de autorización o tu caso tiene particularidades, consulta a un profesional. También puedes ver nuestra guía del arraigo sociolaboral.

Fuente

Información orientativa actualizada a 1 de noviembre de 2026. Cita Extranjería es una guía independiente: no ofrecemos servicios ni somos una entidad gubernamental. Comprueba siempre la información en las fuentes oficiales.

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