La tasa modelo 790 código 052 es la tasa de residencia: se abona por tramitar autorizaciones de residencia ante la oficina de extranjería. Pagarla no garantiza que te concedan la autorización.
Para la toma de huellas y la tarjeta se paga la tasa modelo 790 código 012. La sede oficial avisa de que la 052 no se admite para ese trámite.
Para qué se usa
| Autorización | Tasa de residencia (052) | Tasa de trabajo (062) |
|---|---|---|
| Residencia temporal | Sí | No |
| Residencia de larga duración | Sí | No |
Así lo indica la tabla de la sede oficial para esos dos grupos. Cuando la autorización incluye trabajo, comprueba en la misma sede si además corresponde la tasa modelo 790 código 062.
La orden de tasas recoge conceptos distintos según el caso, como la residencia no lucrativa, la reagrupación familiar, las renovaciones, el arraigo u otras circunstancias excepcionales y la larga duración. El importe cambia según el concepto: consulta el anexo de la orden, que se actualiza con los presupuestos.
Elige la norma correcta
La sede separa los impresos según la norma de tu procedimiento: Real Decreto 1155/2024, el anterior Real Decreto 557/2011 o el Real Decreto 316/2026 de regularización extraordinaria. Marca la que corresponda a tu solicitud.
Quién la paga y en qué plazo
- Quién: la persona a cuyo favor se tramita la autorización.
- Plazo: 10 días hábiles desde que presentas la solicitud.
- Solicitud electrónica: el pago se hace en el acto de presentación.
Las entidades públicas de protección de menores no pagan las tasas de las autorizaciones que deben solicitar para ellos.
Cómo pagarla
- Entra en el formulario oficial de la tasa 790-052.
- Comprueba el reglamento seleccionado y pulsa en el mapa la provincia donde presentas la tasa.
- Rellena tus datos, el número de expediente si lo tienes y el concepto.
- Genera el impreso y págalo en una entidad colaboradora o por la vía electrónica disponible.
Cómo se acredita el pago
Al pagar en una entidad colaboradora, esta te entrega una copia del impreso con el Número de Referencia Completo (NRC). Esa copia es la prueba del pago.
La orden de tasas indica que debe remitirse al órgano que tramita tu expediente en un plazo de 15 días desde el pago. Si pagas por medios electrónicos al presentar la solicitud, el abono se hace en ese mismo acto.

- Reglamento: comprueba la opción antes de seguir. En nuestra revisión venía seleccionado el Real Decreto 316/2026, de regularización extraordinaria.
- Provincia: pulsa en el mapa la provincia donde presentas la tasa.

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