Cartas de invitación: La normativa que regula este trámite, la Orden PRE/1283/2007, exige que el anfitrión mantenga la responsabilidad sobre el alojamiento durante todo el tiempo que dure la visita.
Expedición de la TIE: Es necesaria para prácticamente cualquier gestión cotidiana: abrir una cuenta bancaria, firmar un contrato de trabajo, acceder a la sanidad pública o simplemente identificarse ante cualquier autoridad.
Informes de nacionalidad: Su finalidad última es garantizar que la concesión de la nacionalidad española responda a una trayectoria real de arraigo y adaptación a la sociedad de acogida.
Prórroga de estancia de corta duración: Puede solicitarse tanto si se entró en España con visado Schengen como si se entró sin necesidad de visado, siempre que se mantenga dentro del límite de 90 días en 180.
Permiso de residencia no lucrativa: Autoriza a residir en España sin ejercer ninguna actividad laboral ni profesional, por cuenta propia o ajena, y está pensada para quien dispone de recursos económicos propios.
Certificado de NIE: Resulta el documento habitual para quienes gestionan la compra de una vivienda, una herencia o una inversión en España sin llegar a establecer aquí su residencia habitual.




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