Guía independiente
Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras

Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Granada

Calle La Palmita, s/n
18014 Granada

Fax: 958 808 182

Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Granada
Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Granada

Trámites en esta oficina

  • TIE
  • Asilo y refugio
  • NIE
  • Títulos de viaje
  • Cédula de inscripción
  • Prórroga de estancia
  • Carta de invitación a España
  • Autorización de regreso
  • Permiso de estudios
  • Residencia no lucrativa
  • Informe de nacionalidad
  • Régimen comunitario

Qué puedes hacer aquí

Cédula de inscripción: Su tramitación puede solicitarse tanto por razones de indocumentación como, en supuestos más excepcionales, por motivos humanitarios, de interés público o de cumplimiento de compromisos asumidos por España.

Autorización de regreso: Su tramitación exige el pago previo de la tasa correspondiente, que debe abonarse antes de retirar el documento original firmado y sellado.

Cartas de invitación: Las copias simples de la carta no tienen validez ante los controles de Fronteras: solo el original sellado permite acreditar la invitación.

Expedición de la TIE: Su período de validez coincide con el de la autorización de residencia o trabajo que ampara, pudiendo oscilar entre uno y cinco años según el caso.

Informes de nacionalidad: Acreditar la integración puede incluir, entre otros elementos, superar las pruebas oficiales de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE) y, en su caso, de idioma español (DELE).

Prórroga de estancia de corta duración: A diferencia de una autorización de residencia, no genera ningún derecho a permanecer en España más allá del nuevo plazo concedido, que sigue teniendo carácter de estancia de corta duración.

Permiso de residencia no lucrativa: Al tramitarse desde el consulado español del país de residencia del solicitante, no puede solicitarse una vez la persona ya se encuentra en territorio español.

Solicitudes de asilo y refugio: El Estado miembro de la Unión Europea por el que se entra por primera vez suele ser el responsable de tramitar la solicitud de protección internacional, conforme a la normativa europea.

Títulos de viaje: Es el equivalente, para quien no puede recurrir a las autoridades de su país de origen, al pasaporte que cualquier otro ciudadano extranjero utilizaría para viajar internacionalmente.

Certificado de NIE: En trámites notariales y registrales suele exigirse este certificado, o en su defecto la TIE, como prueba oficial del número de identificación fiscal del extranjero interviniente.

Tarjeta de estudiantes para extranjeros: No debe confundirse la estancia por estudios con una vía directa hacia la residencia: para dar ese paso suele ser necesario acreditar posteriormente una oferta de empleo u otra circunstancia habilitante.

Ubicación

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Horario

Lunes Hoy09:00–14:30
Martes09:00–14:30
Miércoles09:00–14:30
Jueves09:00–14:30
Viernes09:00–14:30
SábadoCerrado
DomingoCerrado

Horario orientativo según citas-extranjeria.es; confírmalo antes de acudir

Accesibilidad

  • Bucle magnético para personas sordas o con dificultad auditiva.
  • Acceso adaptado para personas con movilidad reducida.
  • Atención en lengua de signos española mediante videointerpretación.

Antes de acudir

Los trámites de extranjería suelen requerir cita previa, que se solicita en la sede electrónica oficial.

Horarios y teléfonos pueden cambiar: confírmalos con la oficina antes de ir.

Somos una guía independiente, no un organismo oficial, y no gestionamos citas.

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