El certificado de no residente acredita la situación de una persona extranjera que no reside en España. Suele pedirse en gestiones con inmuebles o bancos. Se tramita con el formulario EX-15.
Cómo solicitarlo
| Dónde estás | Dónde presentarlo |
|---|---|
| En España | Personalmente en una oficina de extranjería o comisaría. |
| Fuera de España | En una oficina consular de España. |
Documentación habitual
- El formulario EX-15.
- Pasaporte o documento de identidad en vigor, con copia.
- NIE, si ya lo tienes.
- Justificante de pago de la tasa modelo 790 código 012, si te lo indican.
- Documento que explique para qué lo necesitas, si te lo piden.
Se aplica el mismo procedimiento que para el NIE: máximo de cinco días para resolver y notificar. Sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada.
Antes de pedirlo
- Pregunta al notario o al banco qué requisito exacto tienen y qué antigüedad admiten.
- No lo confundas con la residencia fiscal, que depende de la Agencia Tributaria.
- Si ya resides en España, puede que necesites el certificado de residente.

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