Cartas de invitación: Cada carta ampara a un único invitado; si se desea acoger a varias personas, debe tramitarse una solicitud independiente para cada una.
Expedición de la TIE: Debe solicitarse personalmente, mediante el formulario EX-17, dentro del plazo de 30 días desde la notificación de la resolución favorable de residencia.
Informes de nacionalidad: La integración se valora de forma conjunta con el resto de la documentación del expediente, sin que un único informe determine por sí solo la concesión de la nacionalidad.




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