Cartas de invitación: Aunque ampara estancias de carácter privado o turístico, no habilita a la persona invitada a trabajar ni a fijar su residencia en España durante su visita.
Informes de nacionalidad: Forman parte de la documentación que la Administración examina antes de resolver un expediente de nacionalidad, junto con los certificados de empadronamiento histórico y de residencia legal.




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