Cédula de inscripción: Acredita la identidad de quien no puede obtener pasaporte de su país de origen ni ser documentado por ningún otro Estado; se tramita con el formulario EX-16 ante la Oficina de Extranjería o la Comisaría.
Autorización de regreso: Se recomienda solicitarla con la máxima antelación posible antes de la fecha de viaje prevista, dado que su tramitación puede demorarse si la comisaría está muy saturada.
Cartas de invitación: Cada carta ampara a un único invitado; si se desea acoger a varias personas, debe tramitarse una solicitud independiente para cada una.
Expedición de la TIE: Incorpora el número de NIE del titular, aunque son conceptos distintos: el NIE es el número, y la TIE es la tarjeta que lo contiene junto a los datos biométricos.
Informes de nacionalidad: Cuando el solicitante ha residido previamente en otros países, también puede exigírsele acreditar la ausencia de antecedentes penales en cada uno de ellos, debidamente traducidos y legalizados.
Prórroga de estancia de corta duración: Permite continuar en España, de forma excepcional, más allá del límite general de 90 días dentro de un período de 180, cuando concurren motivos humanitarios, familiares, sanitarios o de interés público debidamente justificados.
Permiso de residencia no lucrativa: Su renovación exige acreditar de nuevo los medios económicos suficientes y el seguro médico vigente, además de la residencia efectiva en España durante el periodo anterior.
Títulos de viaje: Se solicita, igual que la cédula de inscripción, mediante el formulario EX-16 ante la Oficina de Extranjería o la Comisaría correspondiente al domicilio del interesado.
Certificado de registro ciudadano de la Unión Europea: Los familiares no comunitarios de un ciudadano de la Unión Europea no obtienen este certificado, sino una tarjeta de residencia específica para familiares de comunitario.
Certificado de NIE: Certificado en papel que confirma el número de NIE asignado a una persona, distinto de la TIE, que es la tarjeta física reservada a los residentes no comunitarios.
Tarjeta de estudiantes para extranjeros: La actividad laboral compatible con los estudios debe autorizarse expresamente y no puede superar el límite semanal de horas fijado por la normativa vigente.




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