Cartas de invitación: El trámite completo no es inmediato: incluye la resolución de la solicitud, la expedición y entrega del documento, y su posterior remisión a la persona que va a utilizarlo en el puesto fronterizo.
Expedición de la TIE: A los familiares reagrupados que obtienen su propia autorización de residencia también se les expide una TIE independiente, con validez ligada a la de su propio permiso.
Informes de nacionalidad: La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública puede requerir documentación adicional si considera que la aportada no acredita suficientemente la integración alegada.
Prórroga de estancia de corta duración: Las razones excepcionales que la justifican deben documentarse: por ejemplo, un tratamiento médico, una atención familiar grave o un compromiso institucional ineludible.
Certificado de NIE: Es habitual solicitarlo como duplicado cuando se ha extraviado el documento original en el que constaba por primera vez el número de NIE.



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