Cédula de inscripción: Se expide cuando el consulado del país de origen se ha negado, de forma acreditada, a documentar al interesado, dejando constancia de ese requerimiento no atendido mediante acta notarial.
Autorización de regreso: Cubre también los casos de robo, pérdida o deterioro de la TIE, siempre que se acredite haber solicitado ya el duplicado correspondiente ante la Comisaría.
Cartas de invitación: Debe tramitarse con antelación suficiente al viaje previsto, ya que entre la solicitud, la resolución favorable y la recogida del documento pueden pasar varias semanas.
Expedición de la TIE: Es necesaria para prácticamente cualquier gestión cotidiana: abrir una cuenta bancaria, firmar un contrato de trabajo, acceder a la sanidad pública o simplemente identificarse ante cualquier autoridad.
Informes de nacionalidad: Recogen los elementos que se valoran en las solicitudes de nacionalidad española por residencia, entre ellos la buena conducta cívica y el grado de integración en la sociedad española.
Prórroga de estancia de corta duración: Las razones excepcionales que la justifican deben documentarse: por ejemplo, un tratamiento médico, una atención familiar grave o un compromiso institucional ineludible.
Permiso de residencia no lucrativa: Se solicita ante el consulado español del país de residencia del interesado, antes de entrar en territorio español, y su autorización inicial tiene una duración de un año.
Solicitudes de asilo y refugio: Incluye una entrevista personal en la que el solicitante expone los motivos de su huida, con derecho a asistencia jurídica gratuita e intérprete durante todo el procedimiento.
Títulos de viaje: Constituye, para quien no puede recurrir a su Estado de origen, el documento válido para cruzar fronteras y demostrar su identidad en el extranjero.
Certificado de NIE: En algunos casos puede tramitarse junto con otros procedimientos, como la apertura de un expediente ante la Agencia Tributaria o la inscripción en un registro público.
Tarjeta de estudiantes para extranjeros: Se tramita mediante el formulario EX-17 en la Oficina de Extranjería o Comisaría de la provincia donde el estudiante vaya a cursar sus estudios.

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