Cartas de invitación: Se tramita en la Comisaría de Policía correspondiente al domicilio de empadronamiento del anfitrión, quien debe acreditar disponer de vivienda con capacidad suficiente para alojar al invitado.
Asignación de NIE: Resulta imprescindible tanto para quienes residen en España como para quienes, sin residir aquí, necesitan comprar una propiedad, abrir una cuenta bancaria o firmar determinados contratos.
Expedición de la TIE: Debe solicitarse personalmente, mediante el formulario EX-17, dentro del plazo de 30 días desde la notificación de la resolución favorable de residencia.
Informes de nacionalidad: Recogen los elementos que se valoran en las solicitudes de nacionalidad española por residencia, entre ellos la buena conducta cívica y el grado de integración en la sociedad española.
Prórroga de estancia de corta duración: Permite continuar en España, de forma excepcional, más allá del límite general de 90 días dentro de un período de 180, cuando concurren motivos humanitarios, familiares, sanitarios o de interés público debidamente justificados.




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