Cartas de invitación: El anfitrión no necesita ostentar la nacionalidad española: basta con acreditar residencia legal y empadronamiento en el domicilio donde se alojará a la persona invitada.
Expedición de la TIE: El plazo de 30 días para solicitarla comienza a contar desde la notificación de la resolución favorable o, según el caso, desde la entrada efectiva en territorio español.
Informes de nacionalidad: Conviene reunir esta documentación con tiempo, ya que algunos certificados -como los de antecedentes penales extranjeros- pueden tardar semanas o meses en obtenerse y legalizarse.
Certificado de NIE: Complementa a otros documentos de identidad cuando estos no incluyen de forma visible el número de NIE necesario para una gestión concreta.




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