Cartas de invitación: Distingue entre el trámite de autorización, que se resuelve en comisaría, y la propia carta ya expedida, que es el documento físico que debe llevar consigo la persona invitada.
Asignación de NIE: Se recomienda conservarlo junto a la documentación personal, ya que numerosos trámites en España lo solicitan como referencia incluso años después de haber sido asignado.
Certificado de no residente: Frente al certificado de residente, que acredita justamente lo contrario, este documento presume y certifica que la persona mantiene su residencia fiscal fuera de España.
Expedición de la TIE: No concede por sí misma el derecho a residir en España, sino que acredita un derecho o una autorización que ya ha sido reconocida previamente por la Administración.
Certificado de NIE: Su expedición no implica ningún reconocimiento de residencia ni de estancia legal en España: solo certifica que el número fue asignado en su momento a la persona indicada.




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