Autorización de regreso: El interesado debe presentarse personalmente ante la Comisaría o la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras, sin que habitualmente se admita la tramitación por representante.
Expedición de la TIE: Debe solicitarse personalmente, mediante el formulario EX-17, dentro del plazo de 30 días desde la notificación de la resolución favorable de residencia.
Certificado de registro ciudadano de la Unión Europea: A diferencia de la TIE, no incorpora fotografía ni huellas dactilares: es un documento en papel que certifica exclusivamente los datos registrales del ciudadano comunitario.




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