La prohibición de entrada impide acceder a España aunque se cumplan los demás requisitos de entrada, y puede extenderse a otros Estados con los que España tenga acuerdos en este sentido.
Causas principales
- Haber sido expulsado y estar dentro del plazo de prohibición, o tener una resolución de expulsión, salvo caducidad o prescripción.
- Haber sido objeto de una devolución y estar dentro del plazo de prohibición fijado.
- Estar reclamado por delitos comunes graves por las autoridades de otros países, si los hechos constituyen delito en España.
- Prohibición expresa del Ministerio del Interior por actividades contrarias a los intereses españoles o a los derechos humanos, por conexiones con organizaciones delictivas o por otras razones justificadas.
- Prohibición por convenios internacionales o por el Derecho de la Unión Europea.
Cuánto dura tras una expulsión
| Situación | Duración máxima |
|---|---|
| Regla general | 5 años |
| Amenaza grave para el orden público, la seguridad pública, la seguridad nacional o la salud pública | 10 años |
La duración depende de las circunstancias de cada caso y debe constar en la resolución.
En expedientes por estancia o trabajo irregular, la prohibición no se impone si la persona abandona España durante la tramitación, o se revoca si sale en el plazo voluntario. Debe comunicarse la salida al órgano competente.
Denegación en la frontera
Es diferente de la prohibición. Si no cumples los requisitos de entrada, la denegación debe ser motivada e informarte de los recursos, el plazo y el órgano, así como de tu derecho a asistencia letrada e intérprete.
Qué hacer si quieres volver
- Revisa tu resolución para confirmar la causa y la duración.
- Comprueba si se comunicó tu salida.
- Consulta con un profesional si cabe pedir la revocación o recurrir.
Estas situaciones tienen plazos breves y consecuencias importantes. Tienes derecho a asistencia letrada e intérprete en los casos que prevé la norma, gratuitos si careces de recursos suficientes.

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