La residencia de larga duración permite residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles. El reglamento regula dos modalidades: larga duración nacional y larga duración-UE.
Comparativa de las dos modalidades
| Larga duración nacional | Larga duración-UE | |
|---|---|---|
| Tiempo exigido | 5 años de residencia legal y continuada en España | 5 años de residencia legal y continuada en España |
| Otros requisitos principales | Los del supuesto aplicable | Recursos fijos y regulares suficientes y seguro de enfermedad |
| Ausencias que no rompen la continuidad | Hasta 6 meses seguidos y 10 en total; 18 en total por motivos laborales | Hasta 6 meses seguidos y 10 en total; 18 en total por motivos laborales |
Para la modalidad UE, el periodo como estudiante computa en un 50 % si en el momento de solicitarla estás en situación de residencia. Hay reglas especiales para titulares de Tarjeta azul-UE y beneficiarios de protección internacional.
Documentación para la larga duración-UE
- Solicitud en modelo oficial.
- Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción en vigor.
- Justificante de pago de la tasa.
- Prueba de recursos fijos y regulares.
- Prueba del seguro de enfermedad.
- Si procede, certificado de antecedentes penales de los países donde residiste durante los últimos cinco años.
Cuándo solicitarla
Si estás en España, se presenta en la oficina de extranjería de tu provincia durante los dos meses anteriores a la expiración de tu autorización. Si ya cumples los requisitos y tu autorización sigue en vigor, ese límite no se aplica. También puede presentarse hasta tres meses después de la expiración, con posible procedimiento sancionador.
La tarjeta y su renovación
La autorización es indefinida, pero la TIE se renueva. En la larga duración-UE, la primera renovación se pide a los cinco años, y las siguientes, cada cinco años hasta los 30 años de edad y cada diez a partir de entonces. La Sede de la Policía indica el formulario EX-17 para este trámite.
- Pídela en los dos meses anteriores al vencimiento o, como máximo, en los tres posteriores.
- Necesitarás pasaporte, título de viaje o cédula, justificante de la tasa y fotografía.
- No renovar a tiempo la tarjeta no extingue la autorización, pero puede dar lugar a sanción.

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